España, como miembro de la UE, sigue las pautas marcadas por las directivas comunitarias en materia de propiedad industrial. En cualquier caso, se debe obtener, previamente, un registro de la invención para tener los derechos exclusivos sobre la misma.
Asimismo, rige el principio de territorialidad, que implica que únicamente se obtiene la protección en aquellos países que la patente esté registrada. Por consiguiente, el registro de la patente en su país de origen no concede protección automática en otros países.
España ha ratificado los principales convenios internacionales en esta materia que, salvo raras excepciones, permiten que quienes no poseen la nacionalidad española obtengan en nuestro país la debida protección de sus derechos.